ESG Reporting Sostenibilidad
¡Game Changer! La CSRD borra la línea entre lo Financiero y la Sostenibilidad.

La CSRD borra la línea entre lo Financiero y la Sostenibilidad.

El ámbito de la información corporativa ha experimentado un incremento exponencial de interés y exigencia en los últimos años, con el Pacto Verde Europeo (Green Deal) anunciado en 2019 actuando como un revulsivo final para impulsar una regulación más estricta. En este contexto de transformación, la Directiva de Información sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD, Directiva 2022/2464/UE), publicada en diciembre de 2022, representa un punto de inflexión regulatorio que reescribe las reglas del juego para las empresas en la Unión Europea.
 
La CSRD reemplaza a la anterior Directiva de Información No Financiera (NFRD, Directiva 2014/95/UE). El cambio fundamental reside en la denominación y el tratamiento: la información pasa de ser «no financiera» a ser formalmente «información de sostenibilidad» elevándola al mismo nivel de importancia que la información financiera tradicional.
 
1. El Cambio de Paradigma: La Doble Materialidad
El aspecto más relevante y novedoso que introduce la CSRD es el concepto de la doble materialidad (o doble significatividad). Este principio fundamental requiere que las empresas consideren dos perspectivas:
A. Materialidad Financiera: Cómo los riesgos y oportunidades derivados de las cuestiones de sostenibilidad (factores ESG) afectan a la evolución, los resultados y la situación de la empresa.
B. Materialidad de Impacto: Cómo las actividades de la empresa y las de toda su cadena de valor impactan en las personas y el medio ambiente.
 
La CSRD exige que las empresas divulguen información que sea significativa desde ambas perspectivas o que lo sea desde una sola de ellas. Integrar la doble materialidad es fundamental para que la sostenibilidad no se vea como un requisito aislado, sino como un pilar estratégico integrado en la operación y cultura de la organización.
 
2. Mayor Cobertura y Estandarización Obligatoria
La CSRD busca aumentar drásticamente la transparencia y comparabilidad de la información. Esto se logra mediante dos vías principales: la ampliación del alcance y la imposición de estándares uniformes.
 
A. Ampliación del Alcance (Alcance)
La CSRD amplía el número de empresas obligadas a reportar de manera sustancial, pasando de unas 11.700 empresas bajo la NFRD a aproximadamente 49.000 o 50.000 empresas en la UE.
El nuevo alcance incluye:
Todas las grandes empresas (coticen o no).
PYMES cotizadas (excepto microempresas).
Empresas fuera de la UE con actividad significativa en el territorio (facturación neta superior a 150 millones de euros en la UE y que tengan una filial o sucursal relevante).
 
B. Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS)
La CSRD introduce las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS o ESRS), desarrolladas por el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG). A diferencia de la NFRD, que permitía el uso de diversos marcos voluntarios, la CSRD hace de los ESRS un marco obligatorio y homogéneo.
El primer conjunto de ESRS consta de 12 normas que cubren:
Estándares transversales (NEIS 1 y 2), que se aplican a todas las organizaciones.
Estándares temáticos (E, S y G). Por ejemplo, ESRS E1 (Cambio Climático) o ESRS S1 (Mano de obra propia).
 
3. Integración en la Cadena de Valor y Verificación
El nuevo marco no solo exige más información, sino que también eleva la credibilidad y la integración de la sostenibilidad con la gestión corporativa:
Informe Único de Gestión: La CSRD suprime la posibilidad de presentar la información de sostenibilidad en un informe separado. Ahora debe ser divulgado en una sección específica dentro del informe de gestión.
Verificación Externa Obligatoria: Se exige la verificación limitada de la información de sostenibilidad por parte de un tercero independiente (auditor o certificador). El objetivo a largo plazo es avanzar hacia un requisito de verificación razonable.
Digitalización: La información debe prepararse en un formato electrónico unificado (XHTML) para su incorporación al Punto de Acceso Único Europeo (ESAP).
Inclusión de la Cadena de Valor (CV): La CSRD extiende la obligación de reportar a toda la cadena de valor de la empresa (incluidos proveedores, productos, servicios y relaciones comerciales). Esto genera un «efecto tractor» o trickle down ya que las grandes empresas obligadas requerirán datos de sostenibilidad de sus socios comerciales, incluyendo a PYMEs no cotizadas que formalmente no están obligadas.
 
4. Contexto Regulatorio Europeo y Oportunidades
La CSRD no opera en el vacío, sino que es un pilar esencial del Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la UE:
Alineamiento con el Pacto Verde Europeo (Green Deal): La CSRD está intrínsecamente ligada al objetivo del Green Deal de transformar la UE en una economía moderna, eficiente en el uso de recursos y competitiva, logrando la neutralidad climática para 2050.
Taxonomía de la UE: La CSRD da entrada al Reglamento de Taxonomía (RT). Las empresas sujetas a CSRD deben divulgar su alineación con el RT, que se considera la columna vertebral del paquete de finanzas sostenibles.
SFDR: Los ESRS se han diseñado para incluir los indicadores exigidos por el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR), facilitando un flujo de información coherente a lo largo de la cadena de valor financiero.
Diligencia Debida (CSDDD): La CSRD se conecta con la Directiva sobre Diligencia Debida de las Empresas en materia de Sostenibilidad (CSDDD), que obliga a las empresas a identificar, prevenir y mitigar los efectos adversos reales o potenciales en derechos humanos y medioambiente en sus propias operaciones y cadenas de valor.
Oportunidades Estratégicas
 
Aunque el cumplimiento representa un desafío, especialmente por la complejidad de recolectar información de la cadena de valor, la CSRD ofrece importantes oportunidades:
Atracción de Inversores: La integración de la sostenibilidad como pilar estratégico diferencia a la organización en el mercado, atrayendo a inversores comprometidos con los criterios ESG.
Acceso a Financiación Sostenible: La transparencia y la calidad de la información facilitan el acceso a financiación sostenible.
Gestión de Riesgos: El análisis de materialidad ayuda a identificar riesgos financieros latentes y proporciona información valiosa para una gestión más proactiva y eficiente
 
En resumen, la CSRD impulsa a las empresas a adoptar una visión a largo plazo y a posicionar la sostenibilidad como un requisito de compliance y, fundamentalmente, como un motor de estrategia empresarial.
 
Si la NFRD era un mapa dibujado a mano alzada, permitiendo a cada explorador trazar su propia ruta, la CSRD es un sistema GPS unificado y obligatorio. Este sistema no solo estandariza las coordenadas (ESRS), sino que también exige reportar si el viaje está dañando el terreno o exponiéndose a riesgos climáticos (Doble Materialidad), asegurando que todos los vehículos (empresas) avancen de manera coordinada y transparente hacia el mismo destino: una economía sostenible.